Se aprobó en el Honorable Concejo Deliberante la ordenanza N° 1805/15, que establece los nuevos valores para la conexión domiciliaria de la obra de Desagües Cloacales, adecuándolos a los nuevos costos operativos que la construcción de la misma demanda.
a).- El Valor básico por cada unidad tributaria es de pesos seis mil setecientos setenta con 40/100 ($6.770,40) y los siguientes anexos.
b).- Por cada metro lineal de frente excedente: $96,72 (Pesos Noventa y Seis con 72/100).-
c) Por superficie cubierta hasta 120m2: $145,08 (Pesos Ciento Cuarenta y Cinco con 08/100).-
d) Por superficie cubierta más de 120m2 $319,17 (Pesos Trescientos Diecinueve con 17/100).-
e).- Por Unidad Sanitaria excedente: $145,08 (Pesos Ciento Cuarenta y Cinco con 08/100).-
f).- Por cada conexión excedente al sistema $1.010,97 (Pesos Un Mil Diez con 97/100).-
Art. 2º).- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar sectores y/o zonas no incluidas dentro del Articulo 2º de la Ordenanza 1535/11, en aquellos casos que el interés público y las necesidades del sistema de desagüéis así lo amerite.-
Art. 3º).- Dispóngase la aplicabilidad de estas actualizaciones de importes, a todas las solicitudes de conexión que se realicen desde la puesta en vigencia de la presente ordenanza
Art 4º).- De Forma.- (APROBADO).-