Santa Fe, 29 de abril de 2020
Al
Sr Presidente
Comité de Coordinación COVID-19
Decreto 0293/2020
Gobernador Omar PEROTTI
Su Despacho
Ref: DNU 408/2020 – Prórroga ASPO – Art.3
Por la presente me dirijo a Usted atento al dictado en el día de ayer del DNU408/2020 por el cual se prorroga el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO dispuesto por Decreto 297/2020 hasta el día 10 de mayo 2020 inclusive, y considerando que en su artículo 3º faculta a los Gobernadores a decidir excepciones al cumplimiento de dicho aislamiento y a la prohibición de circular respecto del personal afectado a determinadas actividades y servicios, bajo ciertos requisitos que son exigidos.
Durante el día de hoy he puesto a consideración a los miembros del Comité Departamental de Emergencia Del Departamento Vera que presido, a efectos de que expresen opinión sobre las medidas a solicitar al Señor Gobernador, para que sean consideradas al a aplicación de excepciones en diferentes actividades y servicios.
Considerando por los miembros del Comité un borrador de medidas sobre las cuales se emitieron diversas opiniones, llegando a conformar un listado de actividades sobre las cuales solicitamos se evalúe la factibilidad de su habilitación y emita la decisión administrativa competente y reiterando siempre nuestro convencimiento sobre la conveniencia de mantener en el tiempo las medidas que fueran necesarias a fin de evitar el riesgo de aceleración de la curva de contagios.
Es importante destacar, sin embargo, que si bien a priori todas las localidades del departamento cumplen con los parámetros epidemiológicos y sanitarios planteados en el DNU de referencia, no son iguales las realidades locales respecto de su población, sus actividades, su relación comercial con localidades de otros departamentos, su composición sociodemográfica, y especialmente las posibilidades de su gobierno local de arbitrar medidas de control de cumplimiento del ASPO y sus excepciones.
Es por esto que la propuesta que trasladamos refleja la opinión y solicitudes que fueran expresadas por la mayoría, pudiendo existir otras actividades o servicios sobre los cuales resulte conveniente evaluar localmente la conveniencia de su habilitación, y siempre sujeto a la previa aprobación de la autoridad sanitaria local, tal cual lo exige la normativa para todas las excepciones que se dicten.
Por lo expuesto, consideramos procedente la evaluación por parte del Ministerio de Salud, y la consideración del Sr Gobernador emitiendo el acto administrativo correspondiente, de la factibilidad de exceptuar del ASPO en el marco del art.2 del DNU 408 a las actividades que a continuación se detallan y bajo los parámetros y protocolo estrictos y determinados como mínimo con las condiciones que aquí se manifiestan siendo ellas A) Construcción Privada y actividades complementarias a la misma, B) Profesionales liberales, C) Actividad Inmobiliaria, D) Peluquerías, E) Actividades de Profesionales vinculados al Servicio de Salud, F) Atención de Oficinas Municipales y Comunales, G) Agencias oficiales de Lotería de Santa Fe, H) Lavaderos de Auto. I) Esparcimiento
- CONSTRUCCIÓN PRIVADA Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
Permitir dentro del ejido urbano de la localidad, el trabajo en el ámbito de la Construcción para albañiles plomeros, gasistas, electricistas, carpinteros, peones changarines y en general oficios accesorios a la construcción, conforme el siguiente PROTOCOLO de exigencias mínimas como norma para el desempeño dicha actividad y respetando siempre las Recomendaciones Preventivas de Carácter General difundidas por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, junto al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe:
PROTOCOLO CONSTRUCCIÓN
- Se permitirá el trabajo de hasta 5 (cinco) personas por obra con domicilio en la misma localidad donde se desarrolle el trabajo; respetando la distancia mínima; con tapabocas en todo momento, evitando el contacto personal entre ellos. SóIo concurrirán a trabajar en este periodo las personas menores de 65 años no pertenecientes a ningún grupo de riesgo;
- NO SE PODRÁN realizar trabajos en domicilios de personas de riesgo (mayores de 60 años o con enfermedades de base respiratorias o afecciones como diabetes).
- El horario de trabajo sería recomendado desde las 07:00 Hs hasta las 15:00 Hs de lunes a viernes inclusive; respetando lo decidido por cada Gobierno local.-
- El empleador deberá divulgar y hacer cumplir buenos hábitos de higiene y medidas preventivas:
- Reforzar la rutina diaria de limpieza en los lugares de trabajo comunes, baños. Lavar y desinfectar manijas de puertas, mangos de instrumentos de la construcción, otras manijas y herramientas. Propiciar la utilización individual. Se recomienda la limpieza húmeda, utilizando rociador y papel con productos como alcohol al 70%, lavandina, etc. El lavado de pisos y paredes se puede complementar tirando lavandina diluida (100 ml en un balde de 10 L) antes de cepillar y escurrir. La limpieza de los sectores se deberá efectuar antes y después de realizar el trabajo.
- Lavarse las manos frecuentemente. Se deben lavar durante 60 segundos con agua y jabón y secarse con toallas de papel individuales, que deberán ser descartadas posteriormente a un basurero. NO UTILIZACIÓN DE TRAPOS. Antes y después de iniciar las actividades y después de ir al baño.
- Al toser o estornudar, hacerlo en un pañuelo de papel descartable o en la curva del brazo, no en la mano.
- Evitar cualquier contacto físico.
- Mantenerse a la mayor distancia posible (≥1,5 m). Evitar el saludo con la mano.
- Evitar compartir elementos personales: vaso, cubiertos, mate, elementos de higiene.
- Cambiarse y lavar diariamente la ropa de trabajo.
- Abastecimiento de elementos de protección (barbijos, mamelucos/delantales, desinfectantes, etc.). a cargo del empleador o dueño de la obra.
- Revisión y adecuación de los procesos productivos, tiempos y espacios de descanso, de tal manera de garantizar las medidas de prevención recomendadas durante toda la jornada de trabajo (distancia mínima entre personas, por ejemplo).
- Ventilar todos los ambientes tratando de favorecer ambientes secos.
- En caso de que el/la trabajador/a sea conviviente de personas que hubieran estado en destinos listados como “países de riesgo” o “zonas de riesgo” deberá dar aviso inmediatamente a los responsables de la obra y comunicarse con el efector de salud para coordinar visita. A CARGO DEL EMPLEADOR O DUEÑO DE LA OBRA.
- Las compras de materiales se deben realizar preferentemente por vía electrónica, y evitando en lo posible la asistencia personal a los corralones. En caso que sea estrictamente necesaria salir de la obra para realizar el abastecimiento, deberán limitarse los viajes de manera tal que se desplace una sólo persona y no más de una vez en la jornada. A su regreso deberá bañarse y/o higienizarse, en lo posible no utilizar la misma ropa de la obra cuando sale.
- El Profesional actuante deberá respetar las mismas medidas de higiene y preventivas que el personal de obra.
El control del desempeño de lo acordado sería efectivizado por el Municipio y/o Comuna, utilizando a su personal para que verifique el efectivo cumplimiento de los parámetros establecidos siguiendo la normativa vigente.
TÉCNICAS DE LIMPIEZA
Limpieza con detergente: Prepare una solución con cantidad de detergente de uso doméstico suficiente para producir espuma y agua tibia, en un recipiente de volumen adecuado. Sumerja un paño en la solución preparada, escurra y friccione las superficies a limpiar, en una sola dirección desde arriba hacia abajo, o de lado a lado, sin retroceder. Siempre desde la zona más limpia a la más sucia. Descarte la solución de detergente. Reemplace por agua limpia. Enjuague el paño, embébalo en agua limpia y enjuague la superficie.
Limpieza y Desinfección con hipoclorito de sodio (lavandina) Para realizar la desinfección prepare solución de hipoclorito de sodio 1 % v/v, embeba el paño y páselo por la superficie a desinfectar. Pase el paño embebido por toda la superficie a desinfectar. (solución al 1% 50 ml (1/2 taza) de lavandina en 5 lts. De agua o 100 ml (1 taza) de lavandina en 10 lts de agua.
Finalizada alguna de estas técnicas de limpieza/desinfección: Lave los baldes, guantes, paños y trapos de piso. Coloque baldes boca abajo para que escurran el líquido residual y extienda los trapos de piso y paños para que se sequen.
Seque los guantes o déjelos escurrir. Lávese las manos con agua y jabón común.
- PROFESIONALES LIBERALES
Permitir dentro del ejido urbano de la localidad, el trabajo de los profesionales liberales como Abogados, Escribanos, Contadores, Arquitectos, conforme el siguiente PROTOCOLO que otorga normas a dicha actividad y respetando siempre las Recomendaciones Preventivas de Carácter General difundidas por el Ministerio de
Producción, Ciencia y Tecnología, junto al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe:
PROTOCOLO PROFESIONALES
- Permitir la atención SOLO por turnos los que deberán acordarse en forma electrónica con la posibilidad de imprimir el comprobante respectivo. Las personas citadas no podrán esperar en la oficina. Deben tener como mínimo diez minutos de separación entre turno y turno que le permita al profesional una limpieza integral del espacio utilizado. SóIo concurrirán a trabajar en este periodo las personas menores de 65 años no pertenecientes a ningún grupo de riesgo;
- Permitir la atención de un cliente a la vez, sin que puedan estar dentro del ámbito laboral más de un cliente y el profesional y hasta un máximo de 2 (dos) empleados en relación de dependencia del comercio por turno; el resto deberá esperar afuera, respetando la distancia de metro y medio entre personas, recomendando esta Municipalidad y/o Comuna la colocación de sillas para la espera;
- El profesional deberá estar todo el tiempo con tapabocas y tener alcohol en gel o alcohol diluido para la limpieza de sus manos y a disposición de sus clientes;
- El horario de trabajo sería recomendado desde las 07:00 Hs hasta las 15:00 Hs de lunes a viernes inclusive; respetando lo decidido por cada Gobierno local.-
El control del desempeño de lo acordado sería efectivizado por la Municipalidad y/o Comuna, utilizando a su personal para que verifique el efectivo cumplimiento de los parámetros establecidos.
- ACTIVIDAD INMOBILIARIA
Permitir dentro del ejido urbano de la localidad la prestación de servicios inmobiliarios por parte de las empresas habilitadas para ello, conforme el siguiente PROTOCOLO de exigencias mínimas como norma para el desempeño dicha actividad y respetando siempre las Recomendaciones Preventivas de Carácter General difundidas por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, junto al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe:
PROTOCOLO INMOBILIARIAS
- El horario de trabajo sería recomendado desde las 07:00 Hs hasta las 15:00 Hs de lunes a viernes inclusive; respetando lo decidido por cada Gobierno local.-
- La atención será exclusivamente telefónica o por medios informáticos. En caso de ser estrictamente necesaria la presencia de un cliente deberá acordarse la entrevista previamente, limitarse a un cliente por vez dentro del local y respetar las medidas de distanciamiento.
- En cada local podrá haber dos empleados como máximo además deI corredor inmobiliario matriculado responsable de la firma, Deberán respetar una distancia mínima de dos metros entre si y en caso de no permitirlo las dimensiones del local deberá disminuirse el número de coIaboradores. SóIo concurrirán a trabajar en este periodo las personas menores de 65 años no pertenecientes a ningún grupo de riesgo.
- Cada empleado tendrá en su escritorio, aIcohol en geI y un tapaboca, que deberá utilizar para eI desempeño de su función más un rociador con alcohoI etílico aI 70%, que utilizará para desinfección de llaves y elementos de trabajo.
- SERVICIO DE PELUQUERÍA
Permitir dentro del ejido urbano de la localidad la prestación de servicios de peluquería por parte de los locales habilitados para ello, conforme el siguiente PROTOCOLO de exigencias mínimas como norma para el desempeño dicha actividad y respetando siempre las Recomendaciones Preventivas de Carácter General difundidas por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, junto al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe:
PROTOCOLO PELUQUERÍA
- El horario de trabajo sería recomendado desde las 07:00 Hs hasta las 15:00 Hs de lunes a viernes inclusive; respetando lo decidido por cada Gobierno local.-
- La atención será exclusivamente con un turno previo acordado, debiendo limitarse a un cliente por vez dentro del local. No podrán concurrir al local personas mayores de 65 años o pertenecientes a grupos de riesgo, ni personas ajenas a la localidad.
- Se colocará alcohol en gel, jabón líquido o sanitizantes en el acceso al local y deberán estar al alcance del cliente en todo momento. Se le indicará al cliente que ingresar al local higienice sus manos.
- En cada local sólo podrá haber una persona atendiendo. Sólo podrán concurrir a trabajar en este periodo las personas menores de 65 años no pertenecientes a ningún grupo de riesgo.
- Tanto el cliente como el empleado deberán usar tapaboca en todo momento y deberán mantener la máxima distancia que permita la tarea a desarrollar.
- El empleado higienizará sus manos periódicamente, y en lo posible usará guantes de látex.
- Al retirarse el cliente se deberá higienizar el local por completo con elementos de limpieza adecuados. También se desinfectarán las herramientas que fueron utilizadas durante la tarea.
- Deberá mantenerse el local con una buena ventilación, especialmente al retirarse el cliente durante el tiempo que sea necesario para garantizar la desinfección del lugar.
- Los productos a utilizar deberán ser adquiridos mediante las formas de comercialización y entrega habilitadas, evitando los traslados para aprovisionamiento de materiales.
- Deberán colocarse en lugar visible carteles con información sobre las condiciones de prestación del servicio y las recomendaciones preventivas de carácter general.
- El Delantal usado para el cliente, deberá ser reemplazado por cada uno, pasando el mismo al lavado correspondiente. –
- ACTIVIDADES DE PROFESIONALES VINCULADOS A LOS SERVICIOS DE SALUD
Permitir dentro del ejido urbano de la localidad, el trabajo de los profesionales como kinesiólogos, fisioterapeutas y masajistas bajo las condiciones del PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN MÉDICA Y ODONTOLÓGICA PROGRAMADA aprobado a nivel provincial y publicado en https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/download/257822/1357919/ y respetando siempre las Recomendaciones Preventivas de Carácter General difundidas por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, junto al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe:
- ATENCIÓN EN OFICINAS MUNICIPALES Y COMUNALES
Permitir a los gobiernos municipales y comunales la atención al público más allá de las tareas de cobro de Tasas, Derechos y Contribuciones, a fin de dar respuesta a los vecinos frente a diversos requerimientos hacia la autoridad comunal. Se sugiere en este caso la aplicación y adecuación de corresponder del PROTOCOLO PARA ESTABLECIMIENTOS QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE COBRANZA DE SERVICIOS E IMPUESTOS aprobado a nivel provincial y publicado en https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/download/257820/1357913/ .
- AGENCIAS OFICIALES DE LOTERÍA DE SANTA FE
Permitir la normal comercialización de los juegos de la Lotería de Santa Fe a través de su red de agencias. Se sugiere en este caso la aplicación del PROTOCOLO PARA ESTABLECIMIENTOS QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE COBRANZA DE SERVICIOS E IMPUESTOS aprobado a nivel provincial y publicado en https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/download/257820/1357913/ .
- LAVADERO DE AUTOS
Permitir dentro del ejido urbano de la localidad la prestación de servicios de lavado de automóviles por parte de las empresas habilitadas para ello, conforme el siguiente PROTOCOLO de exigencias mínimas como norma para el desempeño dicha actividad y respetando siempre las Recomendaciones Preventivas de Carácter General difundidas por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, junto al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe:
PROTOCOLO LAVADEROS DE AUTO
- El horario de trabajo sería recomendado desde las 07:00 Hs hasta las 15:00 Hs de lunes a viernes inclusive; respetando lo decidido por cada Gobierno local.-. Trabajarán en cada local 3 empleados como máximo, y sóIo concurrirán en este periodo las personas menores de 65 años no pertenecientes a ningún grupo de riesgo;
- Se recepcionarán los vehículos SOLO por turnos los que deberán acordarse en forma electrónica con la posibilidad de imprimir el comprobante respectivo. Las personas citadas no podrán esperar en el local.
- Los trabajadores deberán estar todo el tiempo con tapabocas y tener alcohol en gel o alcohol diluido para la limpieza de sus manos y a disposición de los clientes; más un rociador con alcohoI etílico aI 70%, que utilizará para desinfección de llaves y elementos de trabajo.
- ESPARCIMIENTO
En cuanto a lo dispuesto en el artículo 8º del DNU 408/2020 respecto a la habilitación de la realización de una breve salida de esparcimiento para la población en general, manifiesto que no hay una opinión unificada al respecto por las características de cada localidad, por lo que considero que deben habilitarse las salidas de esparcimiento pero sólo en turnos por semana, distribuyendo la población en los días de acuerdo a la última cifra de su documento nacional de identidad, por edades, o por algún otro criterio que resulte razonable, y donde el máximo horario sea de 1 (una) hora por persona, a consideración de cada distrito, quedando a lo que el Señor Gobernador resuelva para la Provincia en General.-
El control del desempeño de lo acordado sería efectivizado por la Municipalidad y/o Comuna, utilizando a su personal para que verifique el efectivo cumplimiento de los parámetros establecidos.
Copia de la presente se remiten también a los Señores Ministros de Gestión Pública; de Producción, Ciencia y Tecnología y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Esperando que las excepciones planteadas sean incluidas dentro de las actividades que el Sr Gobernador decidirá en el marco del art 3º del Dto 408/2020 y que la presente resulte un aporte concreto para transitar esta difícil situación en la que nos coloca la pandemia por COVID-19 contribuyendo a palear las consecuencias negativas desde el punto de vista económico y social que el aislamiento social preventivo y obligatorio trae aparejado, lo saludo cordialmente y quedo a disposición para el trabajo conjunto en pos del bienestar de todos los habitantes.