Vera, 16 de julio de 2020

DECRETO 60/2020

VISTO:

            La necesidad de la Municipalidad de Vera de ampliar días y horarios de algunas actividades y servicios habilitadas por el Gobierno Nacional y Provincial y;

CONSIDERANDO:

                                    Que, esta ampliación beneficiaria a reactivación de la actividad productiva, y facilitaría a los trabajadores acceder a sus compras en los negocios de proximidad.

                                   Que, en la ciudad no existe circulación viral por el resultado de las medidas adoptadas por este Gobierno Municipal y por el acatamiento de la comunidad, y por tal motivo permiten extender días, horarios y modalidades en algunas actividades y servicios.                 

POR ELLO LA INTENDENTE MUNICIPAL DE VERA EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS:

DECRETA:

Art. 1º) Dispóngase que a partir del día Sábado 18 de julio de 2020 los horarios habilitados para comercios minoristas de venta de mercaderías elaboradas (carnicerías, verdulerías, panaderías y supermercados), cuyas actividades están permitidas en los Decretos Municipales vigentes, se establezcan en la franja horaria a elección de cada comerciante respetando las leyes laborales y comerciales, los días y horarios de Lunes a Domingos a 08:00hs. a 20:00hs.

Art. 2º) Las autoridades locales quedan facultadas a disponer mayores restricciones respecto a los días, horarios, requisitos y modalidades particulares en sus distritos, para el desarrollo de las actividades habilitadas por el presente Decreto.

Art .3º) El presente Decreto comenzará a regir a partir del día Sábado 18 de Julio de 2020 a las cero horas (00:00hs)

Art. 4º) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.